El juez tumba la denuncia del PSOE en la que Casalduero exigía disponer de más personal de confianza para su grupo político en el Ayuntamiento

El PSOE pierde y el juzgado da la razón al Gobierno de Lorca en la distribución del personal asignado a los grupos políticos municipales con representación en el Consistorio.

Cabe recordar que el Partido Popular contaba la pasada legislatura con el mismo personal que ahora tiene el PSOE, pese a que contaba con un concejal más.

La sentencia al efecto, conocida recientemente, desmonta las mentiras propagadas por Casalduero y rechaza que se "haya generado una situación de discriminación".

La secretaria general del Partido Popular de Lorca, Rosa María Medina,ha informado en la mañana de hoy del varapalo judicial para el Grupo Municipal Socialista, que ha perdido en los tribunales su denuncia sobre la modificación de plantilla y relación de puestos de trabajo. Según ha trasladado Bayonas, el Juzgado de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal de Instancia número 6 de Murcia ha desestimado el recurso contencioso administrativo presentado por la portavoz Socialista, Isabel María Casalduero Jódar, y ha señalado que no existe prueba que acredite que se haya generado una situación de desigualdad o discriminación.

Medina Mínguez ha manifestado que el PSOE dispone actualmente de dos profesionales para prestar cobertura a las necesidades de su grupo municipal en el Ayuntamiento, es decir, el mismo número con el que contaba por ejemplo el PP en la pasada legislatura, a pesar de que contaba el Grupo Municipal Popular contaba con un concejal más.

Este pronunciamiento judicial desmonta las mentiras vertidas por Casalduero durante los últimos meses en relación con el personal de los grupos políticos, y evidencia que la estrategia de judicializar la actividad pública constituye un camino erróneo, desafortunado y que no aporta nada a la hora de ofrecer soluciones a las necesidades de los lorquinos.

La realidad es que el juzgado ha desestimado el recurso de reposición formulado por los socialistas contra los acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de Lorca, de fecha 16 de enero de 2024, y de la Junta de Gobierno Local, de fecha 16 de febrero de 2024, relativo a la modificación de plantilla y relación de puestos de trabajo, publicados el día 26 de febrero de 2024 en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Medina ha explicado que el juzgado en su fallo asegura que los acuerdos impugnados no crean o suprimen puestos, ni tampoco modifican sus características o retribuciones, a la vez que hace mención al artículo 27 del Real Decreto 2568/1986 por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

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