Deniegan la pensión pedida por un padre a sus hijos

El padré los abandonó de niños

Murcia, 24 ago (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ha rechazado el recurso presentado por un hombre que pretendía que sus dos hijos, de 29 y 31 años, a los que maltrató y abandonó cuando tenían siete y nueve años, le pasaran una pensión mensual de alimentos de 600 euros para poder vivir.

La Sección Cuarta de la Audiencia, en una sentencia de la que ha sido ponente el presidente de la misma, Carlos Moreno, confirma la dictada en diciembre de 2007 por un Juzgado de Lorca, que declaró probado que las dificultades económicas por las que atraviesa S.A. "no tienen su origen en factores ajenos al mismo" y se deben a su propio comportamiento en la vida.

Asimismo, declara que el demandante mantuvo una conducta "constitutiva de incumplimiento de los deberes más elementales integrantes de la patria potestad, además de otros comportamientos de malos tratos y agresiones físicas".

Sobre el abandono de sus hijos, que se produjo en 1978, a raíz de la separación de hecho de los cónyuges, añade que esta situación llevó consigo "el cese de toda relación y convivencia con ellos".

En cuanto a los malos tratos de los que fueron víctimas los niños, la sentencia se refiere a los testimonios "vertidos en el acto del juicio por familiares próximos de éstos, cuya credibilidad y fiabilidad no puede quedar excluida de forma automática por tal relación de parentesco".

La Audiencia Provincial, al desestimar el recurso de apelación formulado por S.A., indica que éste pidió en el mismo, además de la revocación de la sentencia del Juzgado y la concesión de la pensión por alimentos, que se le perdonaran las costas del Juzgado "por razones humanitarias", a lo que se niega porque "estas razones carecen de respaldo jurídico".

El tribunal confirma plenamente la sentencia del Juzgado de Lorca y le impone también al apelante el pago de las costas causadas ahora por su recurso. EFE

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