El Defensor del Pueblo admite a trámite la denuncia de IU sobre la inaccesibilidad de la Fuente del Oro

La concejala de esta formación, Gloria Martín, exige que, aprovechando la vigencia del periodo de garantía de la obra, se hagan las subsanaciones necesarias para que cualquier vecino pueda disfrutar del monumento con independencia de su nivel de movilidad

El Defensor del Pueblo en funciones, Francisco Fernández Marugán, ha admitido a trámite la denuncia de IU-Verdes sobre la inaccesibilidad de la Fuente del Oro y procederá a iniciar las actuaciones pertinentes con el Ayuntamiento de Lorca.

La concejala de esta formación, Gloria Martín, ha explicado que las obras de rehabilitación y recuperación de este monumento, que tuvieron un coste de 265.000 euros subvencionados con cargo al Plan Director para la recuperación del patrimonio de Lorca, y que contaron con el oportuno proyecto técnico y la necesaria dirección facultativa, "incumplen las más elementales condiciones de accesibilidad para personas con movilidad reducida".

Se trata de normas de distinto rango y de obligada observancia para el Ayuntamiento que éste ha incumplido flagrantemente.

Al respecto, Martín ha aludido al Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad; la Ley 5/1995, de 7 de abril, de la Asamblea Regional, de Condiciones de habitabilidad en edificios de viviendas y promoción de accesibilidad en general; y la Orden VIV/561/2010 de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados, como los textos normativos que está incumpliendo el Ayuntamiento de manera flagrante.

IU ya expresó su perplejidad porque en una obra nueva, los dos únicos accesos practicables se realizaran a través de sendas escaleras que han sustituido la rampa que permitía la conexión a distinto nivel entre la avenida de Santa Clara y el monumento restaurado.

Por ello, exige que, aprovechando la vigencia del periodo de garantía de la obra, se hagan las subsanaciones necesarias para que cualquier vecino pueda disfrutar del monumento recuperado con independencia de su nivel de movilidad.

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