Una sentencia obliga al ayuntamiento a conceder una licencia de cambio de uso de un edificio en la c/ Corredera

Lorca, 5 nov (EFE).- El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Uno de Murcia ha admitido en una sentencia el recurso contencioso administrativo interpuesto por la mercantil Comercial Montoya S.A. contra la decisión de la Gerencia de Urbanismo de Lorca de no conceder licencia de obras para reconvertir en residencial un edificio de uso comercial en la calle Corredera, construido hace 40 años.

En la sentencia, que fue hecha pública hoy por el grupo municipal de IU, el juez declara que la empresa tiene derecho a obtener la licencia de obras solicitada, que el ayuntamiento, a través de la Gerencia de Urbanismo, le niega desde 2006 por considerar que el edificio está calificado en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) como "distorsionador".

Los propietarios del inmueble, de bajo, sótano y siete plantas, y dedicado desde la década de los 60 del siglo XX a albergar una tienda de ropa y sus almacenes, pretenden dar uso de viviendas y oficinas a las plantas superiores del mismo, por considerar que suponen un mejor aprovechamiento urbanístico y económico del que mantienen en la actualidad.

La sentencia recuerda que la finca se edificó con licencia municipal y de acuerdo a la normativa en vigor, considera que el inmueble es "un edificio característico de la ciudad" y añade que "sigue siendo un referente para Lorca" por lo que, para el juez, "no está claro que si dicho edificio llegara a desaparecer la ciudad no se resintiera por su pérdida".

Dado que las obras solicitadas no suponen alteración de la fachada, ni de la altura ni aumento de volumen, sino una reestructuración interior, el juez ha dado la razón a la mercantil y el ayuntamiento de Lorca no interpondrá recurso de apelación a la misma, según lo aprobado por el consejo de la Gerencia de Urbanismo con los votos favorables del PP.

Para el concejal de IU José García Murcia, en la sentencia el juez "se extralimita en sus opiniones respecto al edificio" y criticó que "haya hecho prevalecer" la normativa local del PEPRI sobre la de la Ley Regional del Suelo pese a ser ésta una norma de superior rango.

IU se mostró contrario al fallo judicial y consideró que el edificio, el más alto de la calle peatonal, sí es un inmueble "distorsionador" de la estética de la Corredera que, según dijo, "fue construido fuera de ordenación" y que "por lo tanto sobra".

Asimismo censuró que "este ejemplo del desarrollismo que tanto daño ha hecho a la arquitectura" no haya sido demolido y criticó la actitud del equipo de Gobierno por no recurrir la sentencia.EFE

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